Desde el 1 de julio de 2025, la nueva normativa alquiler turístico en España cambia las reglas del juego. Con el Real Decreto 1312/2024 y el Reglamento (UE) 2024/1028, todos los propietarios de viviendas, campers, barcos o cualquier alojamiento de corta duración deben adaptarse al Registro Único de Arrendamientos. ¿El objetivo? Frenar el fraude fiscal, proteger a los viajeros y regular un sector que mueve millones.
¿Tienes un piso en Airbnb o alquilas tu caravana? Esto te afecta. Sigue leyendo para conocer los detalles de esta nueva normativa alquiler turístico y evita sorpresas.

¿Por qué esta nueva normativa alquiler turístico?
El boom de los alquileres turísticos ha revolucionado el turismo en España, pero también ha disparado los precios de la vivienda y la economía sumergida. Según el INE, España tiene 351.389 alojamientos turísticos (1,5% del total de viviendas), con focos en Andalucía, Comunidad Valenciana y Canarias. La nueva normativa alquiler turístico busca:
- Combatir el fraude: Hacienda estima que el 20% de los alquileres turísticos no se declaran.
- Proteger a los viajeros: Garantizar calidad, seguridad e higiene en los alojamientos.
- Controlar el mercado: Reducir el impacto en la vivienda residencial y los conflictos vecinales.
- Más transparencia: Monitorizar la oferta a través de plataformas como Airbnb o Booking.
¿A quién aplica la normativa?
La nueva normativa alquiler turístico es clara: si alquilas un alojamiento por corta duración (generalmente menos de 30 días) o de temporada (por trabajo, estudios o salud) con fines lucrativos, debes registrarte. Esto incluye:
- Viviendas turísticas: Pisos completos o por habitaciones en plataformas como Airbnb.
- Alojamientos alternativos: Barcos, campers, autocaravanas o casas rurales.
- Alquileres esporádicos: Aunque solo alquiles unas semanas al año, necesitas un Número de Identificación Único (NIU).
Excepciones:
- Alquileres sin ánimo de lucro (ej. ceder tu casa a un amigo gratis).
- Alojamientos regulados por otras normativas, como hoteles o campings.
En regiones como la Comunidad Valenciana, alquilar más de un mes al año (en una o varias estancias) se considera actividad habitual, lo que refuerza la obligación de registro.

Sanciones: ¿Qué pasa si no cumples?
No cumplir con la nueva normativa alquiler turístico puede salir caro. Aquí van las consecuencias:
- Multas económicas: Hasta 30.000 € por no registrar tu alojamiento o anunciarlo sin NIU. En casos graves (reincidencia o fraude masivo), las sanciones pueden escalar hasta 600.000 € en regiones como la Comunidad Valenciana.
- Suspensión de anuncios: Plataformas como Airbnb o Booking eliminarán tu anuncio en 48 horas si no tienes NIU.
- Revocación de licencias: Puedes perder el permiso para operar como alquiler turístico.
- Fraude fiscal: No declarar los ingresos puede costarte multas del 25% de lo no declarado, y Hacienda puede revisar hasta 5 años atrás.

¿Qué cambia para los propietarios?
La nueva normativa alquiler turístico impone un mayor control:
- Registro obligatorio: Todo alojamiento debe tener un NIU, gestionado por el Colegio de Registradores y la Ventanilla Única Digital.
- Plataformas más estrictas: Airbnb, Booking y otras exigirán el NIU para publicar anuncios.
- Más datos para Hacienda: El Registro Único facilita que Hacienda cruce información con plataformas digitales.
El impacto en el sector turístico
Con 1,2 millones de alojamientos turísticos en España (según estimaciones de 2024-2025), esta normativa afecta a miles de propietarios. Hacienda calcula que el 20% de fraude fiscal en el sector genera pérdidas millonarias. La nueva normativa alquiler turístico busca recuperar esos ingresos y equilibrar el mercado de vivienda. Pero no todo es negativo:
- Mayor confianza: Los viajeros elegirán alojamientos legales, con estándares de calidad garantizados.
- Menos competencia ilegal: Los propietarios legales competirán en igualdad de condiciones.
- Datos claros: El Registro Único permitirá a las autoridades entender mejor el impacto del turismo.

Prepárate para el cambio
La nueva normativa alquiler turístico, efectiva desde el 1 de julio de 2025, marca un antes y un después. Ya sea que alquiles un piso, una caravana o un barco, el Registro Único es obligatorio para operar legalmente. Con multas de hasta 30.000 € (o más en casos graves) y un control más estricto, no hay margen para descuidos. ¿Qué opinas de esta medida? Comparte tu opinión en los comentarios y sigue a IURIT para mantenerte al día con las últimas noticias fiscales.
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